Siguiendo al Código de Comercio podremos determinar que el objeto social de una sociedad mercantil es “la actividad (o actividades) para cuya realización se constituye la sociedad”, tal y como lo ha venido recogiendo la mejor doctrina y como evidentemente quedaba señalado en el artículo 102 letra b del Reglamento del Registro Mercantil de 1956 (ahora derogado por el vigente) cuando hablaba del “objeto social o clase de operaciones a que se dedique la Sociedad”.
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El objeto social
El objeto por lo tanto debe definir inequívocamente la actividad o actividades a las que la sociedad se dedicará con afán de lucro o intención de obtener un beneficio.Ya sea Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima, Colectiva, Comanditaria o de cualquier otro tipo, la definición del objeto es fundamental.
El objeto social integra por lo tanto la finalidad de la sociedad, su esencia, determinando tanto un límite (suavizado) a su actividad, a la representación de sus administradores y constituyendo una salvaguarda para los terceros que contraten con ella a través de la publicidad registral (al conocer las actividades declaradas de la sociedad antes de contratar con ella) y de los propios socios al permitirles separarse de la sociedad en caso de modificación en el objeto social.
Estatutos de la empresa
El objeto social determinará el ámbito de actuación de los administradores sociales y la posibilidad de responder de los actos realizados en la realización de una actividad comercial diferente de la prevista en los estatutos.
Karla,
El administrador será responsable personalmente y además, dependiendo del caso, puede incurrir en delito de administración desleal
Que sanción o responsabilidad aplica si se realizan actividades fuera de las establecidas en el objeto social?
Gonzalo,
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Tengo unos amigos de nacionalidad Ucraniana que han solicitado su autorización de residencia por «arraigo social» en Santa Cruz de Tenerife. Tienen una sociedad limitada «de nacionalidad española» cuyo domicilio fiscal está en la ciudad de Barcelona. La Administración le deniega su permiso de residencia de trabajo por cuenta propia por el hecho de que «la empresa está constituida en Barcelona , por lo tanto no corresponde a esta Subdelegación conceder el permiso». Las escrituras de la empresa dicen textualmente que el domicilio social es en Barcelona y la sociedad tiene nacionalidad española.
Leyendo los estatutos de la misma, por ningún lado hace mención que tenga algún tipo de restricción la empresa para ejercer la actividad, mi pregunta en concreto es: 1º).- Si esta empresa puede ejercer la actividad en cualquier parte del territorio español y 2º).- Que normativa lo dice. Muchas Gracias por su amable respuesta.
Jose M.
Es uno de los requisitos básicos de los estatutos de la sociedad
EL OBJETO SOCIAL SE DEBE INCLUIR EN UN CONTRATO DE SOCIEDAD MERCANTIL?
Giovanni.
La suscripción de titulos de crédito es una herramienta para la realización del objeto social, no un objeto social. No tiene que estar especificado, es más probablemente el registrador no lo aceptaría
Una S.A para poder suscribir títulos de crédito necesitamos que este especificado en el objeto de la empresa o con que al representante legal se le de facultades se puede