El Bufete Abogado Amigo cuenta con letrados colaboradores especialistas en derecho de extranjería y trámites inmigratorios para acompañar a nuestros clientes en todas sus necesidades para le llegada a España.
Nuestro Bufete de Abogados es una firma de referencia en Inmigración y Extranjería en toda España, con una amplia expansión territorial tanto a nivel nacional como internacional. Nuestra estructura ofrece a nuestros clientes la tranquilidad de un fuerte grupo de profesionales altamente especializados.
Abogado Amigo cuenta con despachos en Madrid, en Valencia, en Salamanca, en Valladolid y en Cartagena lo que nos permite ofrecer servicios jurídicos en todo el territorio nacional. Además, para completar nuestra estructura, Abogado Amigo cuenta con una fuerte proyección internacional con Bufetes en Estados Unidos, en Reino Unido, en China, en Japón, en India y en Italia, lo que nos permite afrontar con solvencia las problemáticas internacionales de cualquier caso.
Nuestra estructura internacional nos pone en relación con las necesidades de particulares y empresarios o inversores que necesitan establecerse en España. La exigencia de un servicio excelente para organizar la residencia y visados de extranjeros en España, nos lleva a contar con el mejor soporte de abogados colaboradores altamente especializados en el Derecho de Inmigración y Extranjería.
Desde el Departamento de Derecho de Extranjería del despacho, radicado en la sede de Valencia, ofrecemos cobertura a todas las necesidades de nuestros clientes relacionadas con la inmigración desde la tramitación de solicitudes de Visado para la entrada en España (estudios, trabajo, reagrupación familiar), hasta la tramitación de solicitudes para obtener autorizaciones de Residencia temporal o permanente, tanto en su concesión inicial como las renovaciones.
Desde nuestro Bufete también gestionamos asuntos como la reagrupación familiar que permite reagrupar y reunir en España a familiares que residen fuera del territorio español.
Nuestros abogados tienen amplia experiencia en la tramitación de solicitudes para la obtención de la Nacionalidad Española, incluyendo tanto el asesoramiento previo como la tramitación del expediente administrativo para obtener la nacionalidad por las diferentes vías reconocidas por la ley.
En todos los asuntos de inmigración es preciso contar con el asesoramiento de un abogado especializado en la materia que pueda ofrecer información sobre todos los procedimientos y actuaciones administrativas que quedan reflejadas en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y demás normativa sobre la materia.
Cada caso es diferente y especial. La elaboración, preparación y presentación de solicitudes en materia de inmigración debe hacerse tras un estudio pormenorizado de todos los detalles que influyen en la situación de cada cliente, con un profundo conocimiento de la forma de proceder de las autoridades competentes (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones o las Delegaciones del Gobierno).
Pida cita a Abogado Amigo y le recibiremos en nuestro Bufete de abogados.
El abogado de extranjería del Bufete Abogado Amigo actuará en nombre del cliente ante organismos administrativos y judiciales, incluyendo, si fueran necesarios, los recursos contencioso-administrativos contra resoluciones desfavorables, tales como denegaciones de visados o autorizaciones.
Todo esto se ve complementado por último con la defensa de nuestros clientes en procedimientos sancionadores, procedimientos judiciales o bien, en la realización de gestiones directas con las autoridades competentes para facilitar la obtención de documentos o resolver situaciones complejas.
Gracias a nuestro equipo de abogados especialistas en Derecho Mercantil logramos ofrecer soluciones integrales a los emprendedores que acuden a nuestro Bufete: desde el nacimiento y constitución de la empresa, el desarrollo del modelo de negocio en una startup, la redacción de pactos de socios, hasta la adecuada protección de negocio frente a terceros, redacción de licencias, contratos de desarrollo de software, protección de la marca en internet frente a usos ilegítimos o desleales por parte de la competencia, recuperación de dominios registrados por terceros infringiendo su marca comercial… asesoramiento legal 360º para que emprender no sea una actividad de riesgo.
Cuando el emprendedor llega a España desde el extranjero o se trata de una sociedad extranjera que busca establecerse en territorio europeo, nuestro compromiso es el mismo.
Con este objetivo, ponemos especial énfasis en las gestiones a realizar ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) para poder responder a las necesidades de empresas, emprendedores y profesionales en su llegada a España. La Unidad tiene encargada la tramitación de solicitudes de entrada y permanencia en España por razones de interés económico conforme a lo regulado en la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Una de las vías de obtención de residencia más conocidas por los inversores extranjeros es la denominada Golden Visa que facilita la residencia en España a aquellos extranjeros que realicen una inversión mínima de 2 millones de euros en Deuda Pública, 1 millón en acciones o depósitos o 500.000 euros en bienes inmuebles.
También se abre la puerta a la obtención de la residencia para aquellos extranjeros que quieran desarrollar en España un proyecto emprendedor que cuente con un informe favorable emitido por la Empresa Nacional de Innovación SA, ENISA. En todo caso será necesario contar con un plan de negocio y un análisis de mercado, además de cumplir con las condiciones de seguridad social y empleo que se establecen en la normativa.
Nuestros abogados de extranjería también se encargan de la tramitación ante la UGE de las solicitudes relativas a la residencia de extranjeros que se desplazan temporalmente a España en el marco de una relación laboral desde una empresa exterior a otra establecida en España. En este supuesto podemos encontrar la autorización por traslados intraempresariales de directivos o especialistas que se trasladen dentro de una empresa o grupo, pero también pueden tener cabida el traslado de trabajadores para el cumplimiento de un contrato entre una empresa española y otra extranjera.
La UGE también es competente para conocer de las solicitudes de residencia correspondientes a profesionales extranjeros que tengan una oferta de trabajo en España para el desarrollo de una relación laboral en puesto directivo o actividad para la que se requiera contar con cualificación de enseñanza superior.
Del mismo modo, también encontramos un régimen especial para la residencia de investigadores en España. En este caso, los extranjeros que puedan desarrollar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas establecidas en España podrán optar a un régimen específico de residencia siempre que cuenten con una oferta para desarrollar esa actividad.
El régimen especial de residencia para artistas, técnicos y profesionales extranjeros que vayan a realizar en España actividades enmarcadas en el sector audiovisual es también perfectamente conocida por nuestros abogados colaboradores. Los profesionales en este caso deberán ejercer la actividad audiovisual por un periodo superior a 180 días en España y acreditar el traslado mediante un contrato que identifique la producción en la que formará parte.
No podemos dejar pasar la referencia a los deportistas de élite que gozan de un régimen especial para la obtención de su residencia siempre que hayan sido contratados por un club deportivo, asociación deportiva o sociedad anónima deportiva española.
En los últimos años se ha popularizado la denominación de nómadas digitales haciendo referencia a todos aquellos profesionales que pueden realizar su actividad profesional a distancia gracias a las nuevas tecnologías.
Los nómadas digitales podrán acceder a una residencia legal en España que deberá tramitarla un abogado especialista en extranjería ante la UGE. Se requiere que el extranjero acredite su relación laboral con una empresa extranjera, sin sede en España, con una duración mínima de 3 meses y que autorice el traslado de residencia del trabajador a España. Además será necesario acreditar tener una capacidad económica cualificada que le permita satisfacer todas sus necesidades (y las de los familiares que le acompañen) durante su estancia en territorio español.
Concierte una entrevista con nuestros abogados rellenando el siguiente formulario y aceptando las condiciones de privacidad, y nuestro equipo le atenderá según sus necesidades particulares.
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