El Convenio Regulador es el documento en el que se acuerdan los términos de ejercicio de la custodia de los hijos en el caso de separación o divorcio de mutuo acuerdo. El convenio regulador de esta forma es una norma vinculante y obligatoria para las partes que lo han acordado y cuyo cumplimiento puede exigirse judicialmente. Cuando el convenio ha sido redactado por abogados especialistas en Derecho de Familia, el documento podrá preveer y regular la mayor parte de situaciones que puedan darse en la relación de los progenitores con los hijos después del divorcio.

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Qué es un Convenio Regulador

El Convenio Regulador es un documento técnico, cuyo contenido viene tasado por la ley y que es muy recomendable que sea redactado por un abogado especialista en actuaciones civiles-matrimoniales para lograr que responda a las necesidades futuras y evitar controversias entre los que han decidido poner término a su relación matrimonial o de pareja.

El convenio sólo existe en los procedimientos de regulación de medidas paterno filiales o divorcios en los que se de acuerdo entre los progenitores. Es decir, cuando estemos ante un divorcio contencioso no existirá convenio sino que las reglas que regulen la relación de los padres con los hijos se fijarán en sentencia.

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El acuerdo entre los padres puede ser inicial o sobrevenido. Así, en la mayoría de los casos el texto del convenio es acordado previamente y una vez conformes con lo regulado se presenta la demanda judicial para que se apruebe por el juzgado. Ningún convenio de regulación de relaciones con los hijos produce ningún efecto si no es aprobado judicialmente.

Las relaciones de los padres con los hijos son una cuestión de interés público, al afectar a menores, a su bienestar y su salvaguardia, por lo que hay limites en cuanto a las posibilidades de alcanzar acuerdos y además requiere que el juez declare su validez. De esta forma no podrá acordarse que no existan alimentos por parte de uno de los progenitores (puesto que los alimentos son irrenunciables) o tampoco podrán adoptarse medidas de custodia contrarias al orden público o que no sean beneficiosas para los menores.

Recordemos aquí que en algunos convenios reguladores de custodia compartida no se establece una pensión de alimentos precisamente porque estos alimentos son satisfechos por cada progenitor durante los periodos de estancia de los hijos en su compañía. Dicho de otra forma, siempre existirá la obligación de prestar alimentos incluso cuando no exista la obligación de pagar una pensión de alimentos.

Si el Juez no acepta el Convenio Regulador propuesto, habrá de hacerlo de forma motivada defendiendo el equilibrio entre los cónyuges y el superior interés de los hijos.

En los casos en los que los cónyuges no están de acuerdo en solicitar conjuntamente la separación o divorcio, deberá el cónyuge que lo solicite aportar a la demanda una propuesta de Convenio Regulador, que podrá ser rebatida o admitida por la otra parte en la contestación de la demanda y será el Juez quien decida sobre la ratificación del mismo. En caso de admitirla estaremos ante un divorcio de mutuo acuerdo o divorcio express (o regulación de relaciones paterno filiales entre padres no casados) y en caso de oponerse a ella dará lugar a la tramitación de un divorcio contencioso.

¿Cómo hacer un convenio regulador?

El Convenio Regulador debe hacerse con cariño y con gran previsión de las situaciones que puedan darse en el futuro. Es aquí donde la experiencia de un abogado especializado en Derecho de Familia marca la diferencia al haber tenido en sus manos cientos de expedientes en los que se han producido centenares de controversias y malos entendidos. Todo ese saber acumulado es el que le permitirá adelantarse a los problemas más típicos, intentando que la redacción cubra la mayor casuística posible.

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No obstante, los convenios, como todos los acuerdos, los leen, interpretan y aplican personas (en muchos casos con una gran carga emocional acumulada) por lo que incluso en el mejor de los casos y con el mayor de los cuidados, podrán existir discrepancias y controversias. El buen trabajo del abogado es intentar que esos conflictos sean puntuales y que se refieran a aspectos no esenciales de la relación

El Convenio Regulador debe contener al menos una regulación sobre los siguientes puntos:

  • La atribución de la guarda y custodia de los hijos así como la forma de ejercitar la patria potestad el cónyuge que no los tenga en su compañía.
  • El régimen de visitas y comunicaciones con los hijos con los abuelos si fuera preciso.
  • Atribución del uso de la vivienda y del ajuar familiar.
  • Pensión compensatoria ( si se dan los requisitos estipulados por el Código Civil)
  • Pensión por alimentos (Cuando así lo necesiten los hijos).
  • La propuesta de liquidación del régimen económico matrimonial.

El Convenio Regulador acordado por los padres necesitará para su validez la aprobación judicial como ya hemos indicado previamente.

¿Se puede anular un convenio regulador?

El Convenio Regulador no puede anularse, pero sí modificarse cuando exista alguna circunstancia que varíe las reglas de convivencia en él fijadas. La variación de lo acordado en el convenio se tramita a través de un procedimiento de modificación de medidas. El procedimiento de modificación de medidas, al igual que el procedimiento inicial, puede ser de mutuo acuerdo o contencioso, dependiendo de si existe o no acuerdo entre los progenitores para modificar las medidas establecidas.

En todo caso debemos tener especial cuidado al plantear la modificación de medidas en tanto en cuanto se parte de un acuerdo entre los progenitores. Es por ello que las circunstancias que hayan cambiado y que sirvan de base a la modificación deben ser especialmente relevantes como para cambiar lo que ya ha sido acordado.

No se trata sólo de el mantenimiento de los actos propios de cada una de las partes, sino que la discrepancia de uno de los padres deberá justificar el separarse de aquello que anteriormente le parecía bien.

Obviamente no son base para la modificación de los convenios reguladores el cambio de opinión o de parecer, o no querer ya ese acuerdo.

Incumplimiento del convenio con los hijos

Los incumplimientos que pudieran darse en el desarrollo de la custodia de los hijos acordada deben ser conocidos por el juzgado que aprobó el acuerdo de los padres.

Los incumplimientos del convenio regulador, por muy graves que sean, no son constitutivos de delito, por lo que no pueden denunciarse ante la policía. en caso de que se produzca un incumplimiento y se necesite la tutela judicial, deberá acudir a su abogado de confianza para que inicie un procedimiento de ejecución ante el juzgado.

El único incumplimiento que queda tutelado en el ámbito penal es el impago de pensiones, que cuando tiene los requisitos establecidos por el Código Penal puede dar lugar a la comisión del delito de abandono de familia.

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