Cada vez que un deudor insolvente se acoge a la posibilidad de una mediación concursal, el primer objetivo del mediador es celebrar la Junta de Acreedores con aquellos que haya determinado que están dentro de la masa pasiva. Esta es una de las herramientas con las que los abogados expertos en concurso de acreedores juegan para lograr el resultado perseguido y el acuerdo extrajudicial de pagos.
Una vez convocados a esa reunión, los acreedores están obligados a acudir a ella o a comunicar su posición, y si no asisten, sus créditos quedarán subordinados en caso de que haya lugar a un posterior concurso de acreedores.
Acuerdo extrajudicial de pagos
En otros artículos hemos explicado con detalle que el mediador elabora una propuesta de acuerdo y que esta propuesta puede incluir un contenido muy variado de quita de deuda (que permite dar por cancelada ésta y no abonarla), espera de la deuda (en cuyo caso se realiza el pago en plazos más adelante), cesión de bienes del deudor en pago o para pago de la deuda …
Para que el plan de pagos extrajudicial pueda ser efectivo, debe ser aceptado por todos los acreedores o al menos por una gran mayoría de ellos.
En especial, sin que intervengan los acreedores con garantía real (sin una hipoteca u otra garantía real que afiance sus créditos):
Si se les propone que acepten una espera de hasta 5 años y quita del 25% de la deuda, deben votar favorablemente el 60% de los acreedores.
Si la propuesta consiste en una espera de entre 5 y 10 años y una quita superior al 25%, el porcentaje de aceptación ha de ser, por supuesto, mayor: el 75%.
El pago de deudas en el concurso de acreedores
En el supuesto de que el acuerdo afecte a los acreedores con garantía real, los porcentajes de mayorías para el acuerdo efectivo varían un poco al alza:
Si se les propone que acepten una espera de hasta 5 años y quita del 25% de la deuda, deben votar favorablemente el 60% de los acreedores.
Si la propuesta consiste en una espera de entre 5 y 10 años y una quita superior al 25%, el porcentaje de aceptación ha de alcanzar el 80%.
Si se alcanzan las mayorías necesarias, se levanta acta del acuerdo y a partir de ese momento los acreedores afectos por él ya no podrán iniciar ningún procedimiento de ejecución separada para pretender cobrar su deuda de los bienes del deudor.
¿Es inamovible este acuerdo? No. Puede presentarse oposición al acuerdo de pagos alcanzado. Ahora bien, esta oposición podrá ser presentada por los acreedores que no fueron debidamente convocados a la junta de acreedores, los que votaron en contra o los que hubieran manifestado su oposición, y sólo podrá ser por causas tasadas, de modo que si es un acreedor perjudicado por un acuerdo extrajudicial, debe buscar asesoramiento especializado en Derecho Concursal.
Entusiasta padawan de las enseñanzas Jedi, alumno de Hogwarts especializado en Defensa contra las Artes oscuras, recluta en la flota estelar de la Federación de Planetas y aplicado estudiante en las artes frikis
Licenciado en Derecho por la Universidad de Valladolid, Máster MBA Internacional en Administración y Dirección de empresas por la Universidad Camilo José Cela y Máster en Sistemas de la Información y Nuevas Tecnologías (TIC´s) por la Universidad de Valencia.
Miembro Consultivo del Instituto de Derecho y Políticas Publicas Iberoamericano y del Caribe de la China University of Political Science and Law de Beijing. Ponente y docente en Universidad CEU Cardenal Herrera, ESIC Valencia, Universidad Politécnica de Valencia y Universidad Sergio Arboleda de Bogotá (Colombia). Profesor en el Master de Experto en Redes Sociales de la Universidad de Alicante y AERCO.
Partner para España de Meplaw International Law Firm
Certificado en Foundation de ITIL, Cobit5, PRINCE2 y Business IT.
Miembro del Ilmo. Colegio de Abogados de Valencia y del Colegio Oficial de Publicitarios y Relaciones Públicas de la Comunidad Valenciana, Miembro de APEP, Asociación Profesional Española de Privacidad, y de ISACA, Information Systems Audit and Control Association.
Participa frecuentemente en eventos y cursos relacionados con el lanzamiento de empresas innovadoras y StartUp, Derecho Mercantil y Societario, Derecho y Nuevas Tecnologías de la Información, Derecho de Redes Sociales, Reputación on line y desarrollo de Negocios en Internet.
Colabora frecuentemente con diferentes blogs y webs jurídicas y tecnológicas. Presidente de Honor de ELSA-Castilla y León desde 2001 y patrón de ELSA Valencia.
Director y Fundador de Abogado Amigo
Entusiasta padawan de las enseñanzas Jedi, alumno de Hogwarts especializado en Defensa contra las Artes oscuras, recluta en la flota estelar de la Federación de Planetas y aplicado estudiante en las artes frikis
Licenciado en Derecho por la Universidad de Valladolid, Máster MBA Internacional en Administración y Dirección de empresas por la Universidad Camilo José Cela y Máster en Sistemas de la Información y Nuevas Tecnologías (TIC´s) por la Universidad de Valencia.
Miembro Consultivo del Instituto de Derecho y Políticas Publicas Iberoamericano y del Caribe de la China University of Political Science and Law de Beijing. Ponente y docente en Universidad CEU Cardenal Herrera, ESIC Valencia, Universidad Politécnica de Valencia y Universidad Sergio Arboleda de Bogotá (Colombia). Profesor en el Master de Experto en Redes Sociales de la Universidad de Alicante y AERCO.
Partner para España de Meplaw International Law Firm
Certificado en Foundation de ITIL, Cobit5, PRINCE2 y Business IT.
Miembro del Ilmo. Colegio de Abogados de Valencia y del Colegio Oficial de Publicitarios y Relaciones Públicas de la Comunidad Valenciana, Miembro de APEP, Asociación Profesional Española de Privacidad, y de ISACA, Information Systems Audit and Control Association.
Participa frecuentemente en eventos y cursos relacionados con el lanzamiento de empresas innovadoras y StartUp, Derecho Mercantil y Societario, Derecho y Nuevas Tecnologías de la Información, Derecho de Redes Sociales, Reputación on line y desarrollo de Negocios en Internet.
Colabora frecuentemente con diferentes blogs y webs jurídicas y tecnológicas. Presidente de Honor de ELSA-Castilla y León desde 2001 y patrón de ELSA Valencia.
Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia. Asumiremos que está de acuerdo con esto, pero puede optar por no participar si lo desea.
Leer más
Las cookies necesarias ayudan a hacer que una web sea utilizable al activar funciones básicas, como la navegación por la página y el acceso a áreas seguras de la web. La web no puede funcionar correctamente sin estas cookies.
Nombre
Dominio
Uso
Duración
Tipo
PHPSESSID
www.abogadoamigo.com
Esta cookie es nativa de las aplicaciones PHP. La cookie se utiliza para almacenar e identificar la identificación de sesión única de un usuario con el fin de administrar la sesión del usuario en el sitio web. La cookie es una cookie de sesión y se elimina cuando se cierran todas las ventanas del navegador.
sesión
HTTP
_GRECAPTCHA
www.google.com
El servicio recaptcha de Google establece esta cookie para identificar bots y proteger el sitio web contra ataques de spam maliciosos.
5 meses 27 días
HTTP
__stripe_mid
www.abogadoamigo.com
Stripe establece esta cookie para procesar pagos.
1 año
HTTP
__stripe_sid
www.abogadoamigo.com
Stripe establece esta cookie para procesar pagos.
30 minutos
HTTP
Las cookies de marketing se utilizan para rastrear a los visitantes a través de las webs. La intención es mostrar anuncios que sean relevantes y atractivos para el usuario individual y, por tanto, más valiosos para los editores y los anunciantes de terceros.
Nombre
Dominio
Uso
Duración
Tipo
YSC
youtube.com
Youtube establece la cookie YSC y se utiliza para rastrear las vistas de videos incrustados en las páginas de Youtube.
sesión
HTTP
VISITOR_INFO1_LIVE
youtube.com
Una cookie establecida por YouTube para medir el ancho de banda que determina si el usuario obtiene la interfaz del reproductor nueva o antigua.
5 meses 27 días
HTTP
yt-remote-device-id
youtube.com
YouTube establece esta cookie para almacenar las preferencias de video del usuario que usa el video incrustado de YouTube.
nunca
HTTP
yt-remote-connected-devices
youtube.com
YouTube establece esta cookie para almacenar las preferencias de video del usuario que usa el video incrustado de YouTube.
nunca
HTTP
Las cookies de análisis ayudan a los propietarios de las webs a comprender cómo interactúan los visitantes con las webs recopilando y facilitando información de forma anónima.
Nombre
Dominio
Uso
Duración
Tipo
_ga
abogadoamigo.com
La cookie _ga, instalada por Google Analytics, calcula los datos de visitantes, sesiones y campañas y también realiza un seguimiento del uso del sitio para el informe de análisis del sitio. La cookie almacena información de forma anónima y asigna un número generado aleatoriamente para reconocer visitantes únicos.
2 años
HTTP
_ga_74572M5LLT
abogadoamigo.com
Esta cookie es instalada por Google Analytics.
2 años
HTTP
_gid
abogadoamigo.com
Instalada por Google Analytics, la cookie _gid almacena información sobre cómo los visitantes usan un sitio web, al mismo tiempo que crea un informe analítico del rendimiento del sitio web. Algunos de los datos que se recopilan incluyen el número de visitantes, su fuente y las páginas que visitan de forma anónima.
1 día
HTTP
_gat_gtag_UA_23016837_1
abogadoamigo.com
Establecido por Google para distinguir a los usuarios.
1 minuto
HTTP
CONSENT
youtube.com
YouTube establece esta cookie a través de videos de youtube incrustados y registra datos estadísticos anónimos.
2 años
HTTP
Las cookies de preferencias permiten a una web recordar información que cambia la forma en que se comporta o se ve la web, como tu idioma preferido o la región en la que te encuentras.
No se usan cookies de este tipo.
Las cookies no clasificadas son cookies que estamos procesando para clasificar, conjuntamente con los proveedores de cookies individuales.
Nombre
Dominio
Uso
Duración
Tipo
__wpdm_client
www.abogadoamigo.com
Plugin de descargas de archivos wordpress.
sesión
HTTP
m
m.stripe.com
Stripe establece esta cookie para procesar pagos.
2 años
HTTP
Las cookies son pequeños archivos de texto que los sitios web pueden utilizar para hacer que la experiencia del usuario sea más eficiente. La ley establece que podemos almacenar cookies en su dispositivo si son estrictamente necesarias para el funcionamiento de este sitio. Para todos los demás tipos de cookies, necesitamos su permiso. Este sitio utiliza diferentes tipos de cookies. Algunas cookies son colocadas por servicios de terceros que aparecen en nuestras páginas.
Dejar un comentario