La retirada del carnet de conducir puede tener su causa en infracciones administrativas o en una sentencia penal. La retirada del carnet administrativamente tiene lugar por la pérdida de los puntos en sucesivas infracciones de tráfico hasta agotarlos. Por su lado la retirada del carnet de conducir en sentencia penal se acuerda como pena accesoria en las condenas por delitos contra la seguridad del tráfico.

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Retirada del Carnet por pérdida de puntos

Como todo conductor sabe, el permiso de conducir por puntos tiene asignados inicialmente 12 puntos que pueden llegar a ser 15 pues cada 3 años sin cometer una infracción se suman 2 puntos.

Estos puntos se pierden cada vez que se recibe una sanción por haber cometido una infracción de tráfico. La cantidad de puntos perdida depende de la gravedad de la sanción establecida para la infracción, pudiendo ser 2, 3, 4 o 6 los puntos restados por infracción. Además si se cometen varias infracciones se producirán varias pérdidas, aunque se originen en la misma conducción, hasta un máximo de 8 puntos perdidos en un sólo día.

¿Cuándo se pierden los puntos del permiso?

Los puntos no se pierden en el momento de cometer la infracción. Tampoco cuando la infracción se notifica. Los puntos se pierden cuando la sanción se vuelve firme.

Cuando se recibe una notificación de sanción de tráfico, el conductor podrá presentar recurso en el plazo de 20 días desde dicha notificación. Si no recurre por estar conforme con la sanción o por no poder negar los hechos, entonces transcurridos esos 20 días es cuando la sanción adquiere firmeza y se pierden los puntos del permiso. En caso de presentar recurso administrativo contra la sanción, hasta que no se resuelva el recurso y a su vez dicha resolución sea firme, no se pierden los puntos de la infracción cometida.

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Si el recurso interpuesto contra la sanción es estimado y se revoca la multa de tráfico, entonces los puntos no se habrán perdido y seguiremos contando con la vigencia del carnet de conducir.

¿Cuándo retira el carnet de conducir por pérdida de puntos?

Aunque sea firme la última sanción que ha agotado los puntos de nuestro permiso, es decir, aunque el saldo de puntos sea 0, el carnet no se retira hasta que no se comunica el acuerdo de retirada.

Cuando se agota el saldo de puntos de un conductor la Jefatura Provincial de Tráfico inicia el expediente para declarar la pérdida de vigencia del carnet de conducir. Este expediente de retirada del carnet es notificado al afectado y, cuando sea firme, deberá proceder a entregar el carnet de conducir en la Jefatura Provincial de Tráfico.

¿Cuánto tardan en notificar la retirada del carnet? Pues desde semanas a meses. No existe un plazo fijo y depende mucho de la Dirección General de Tráfico que te corresponda y del trabajo que tengan.

Antes de que la DGT notifique la retirada del permiso de conducir por la pérdida de puntos, hay algunos conductores que intentan realizar un curso de sensibilización para ganar puntos y así volver a tener vigencia el carnet. No obstante, aunque esta estrategia funcionó en algunas ocasiones, los cursos de sensibilización para ganar puntos sólo pueden realizarse cuando aún se tienen puntos en el carnet. Es por ello que debería intentarse realizar el curso antes de haber perdido los últimos puntos, alargando la vida de éstos mediante la presentación de recurso frente a la última sanción y así ganando las semanas o meses necesarios para que la suma de puntos se tramite a tiempo.

Cuando se pierden todos los puntos, el carnet de conducir se retira por un plazo de 6 meses durante los cuales no podrá conducir. En el caso de los conductores profesionales el plazo es de 3 meses. Son conductores profesionales exclusivamente los que su profesión es la conducción, como taxistas, camioneros o conductores de autobús. No son conductores profesionales aquellos que conducen en el trabajo o que necesitan el coche para trabajar.

Una vez transcurrido este tiempo, el conductor sancionado debe necesariamente superar un curso de sensibilización y reeducación vial y aprobar una prueba teórica. Hasta que esto no se produce no se recupera el carnet y no podrá conducirse aunque hayan pasado los 6 meses.

Si el sancionado conduce mientras tiene el permiso retirado cometerá un delito que se perseguirá penalmente conforme al artículo 384 del Código Penal y se le impondrá una pena de prisión de 3 a 6 meses, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 90 días.

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Retirada del Carnet de Conducir por sentencia penal

El carnet de conducir también se pierde por ser acordado en sentencia judicial firme. Aunque la retirada del permiso no es una pena en sí misma, sí que viene aparejada como pena accesoria a la que se impone penalmente tras la comisión de ciertos delitos contra la seguridad del tráfico.

Los delitos que conllevan la retirada del carnet de conducir son:

  • Conducir superando el límite de velocidad fijado en la vía en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas.
  • Ser acusado del delito de alcoholemia o conducir bajo los efectos de las drogas.
  • Conducción temeraria, es decir, en aquellos casos en los que el conductor pone en peligro su seguridad o la de sus acompañantes, o la de otros usuarios de la vía incluso peatones.
  • Negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o detección de drogas.
  • Delito de omisión del deber de socorro.

Retirada del carnet de conducir por alcoholemia

Dada la trascendencia penal que tienen estos delitos contra la seguridad vial, la sentencia, además de la pena de cárcel, multa o trabajos en beneficio de la comunidad previstas, impondrá la retirada del carnet durante un plazo de tiempo.

Cuando el condenado penalmente condujera durante el tiempo de retirada del carnet cometerá un delito de incumplimiento de sentencia. Este acto es grave y lleva aparejadas penas de cárcel que además se cumplirán puesto que el condenado tiene antecedentes, precisamente la condena por el delito contra la seguridad del tráfico que ha incumplido.

Devolución del carnet de conducir por el Juzgado

El carnet deberá físicamente entregarse en el juzgado y allí quedará en depósito hasta que la pena se cumpla.

En muchos casos, sobre todo cuando se acuerda la conformidad con la pena impuesta el juzgado exigirá el depósito inmediato del carnet. Es por esto que cuando se asiste a un juicio rápido por alcoholemia, puede darse el caso de no poder volver a casa conduciendo.

El juzgado llevará el cómputo de la pena impuesta y una vez cumplida lo comunicará al condenado para que retire el carnet. No obstante, si se tiene necesidad del permiso, podrá el condenado pasar antes de se le requiera, siempre que haya pasado el plazo de cumplimiento fijado.

Si la pena de retira del carnet es superior a dos años implicará la pérdida de vigencia del carnet de conducir y tendrá que recuperarse superando nuevamente los exámenes de conducción.

En toda pérdida del carnet, también en las acordadas por sentencia judicial, deberá superarse un curso de sensibilización y reeducación vial. Esto no es una doble sanción (pérdida y curso) sino que el curso es un requisito para recuperar la vigencia el permiso que ha sido retirado.

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