La conducción bajo los efectos del alcohol puede dar lugar a la imputación de un delito de alcoholemia. Los delitos relativos a la conducción de vehículos a motor bajo los efectos del alcohol son una de las cuestiones más frecuentemente solventadas a través de los juicios rápidos penales.
En caso de imputación de un delito de alcoholemia cuente con nuestro equipo de abogados expertos en alcoholemia.
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El delito de alcoholemia
que mayor numero de consultas genera en nuestro bufete Abogado Amigo. Ya sea por los numerosos controles policiales, ya por la frecuente infracción por los ciudadanos, lo cierto es que las conductas que reunen alcohol y volante son de las más frecuentes en las sanciones administrativas de tráfico (siguiendo a las sanciones de aparcamiento y exceso de velocidad) y dan lugar a la tramitación de innumerables procesos penales contra los infractores.
Como base para todas estas infracciones se toma la tasa de alcoholemia que es la concentración de alcohol en sangre o en aire expirado, o lo que es lo mismo, la cantidad de alchohol en gramos o miligramos que existen en un litro de sangre o de aire, respectivamente. La tasa de alcoholemia no es fija ni estable sino que evoluciona según el cuerpo digiere el alcohol consumido de tal modo que la máxima concentración en sangre ( y por o tanto la tasa más alta) se alcanza entre los 30 y los 90 minutos después de haberse producido su ingestión.
La tasa de alcoholemia permitida varía en función de las circunstancias personales del conductor:
CONDUCTOR | TASA EN AIRE | TASA EN SANGRE |
GENERAL | 0,25 mg/l | 0,5 g/l |
NOVEL | 0,15 mg/l | 0,3 g/l |
PROFESIONAL | 0,15 mg/l | 0,3 g/l |
Siempre que se exceda de esos valores en los controles de la autoridad será sancionable:
- Administrativamente: La conducción bajo los efectos del alcohol es tipificada como infracción administrativa muy grave sancionada con multa de hasta 601,01€ y con la suspensión del permiso de conducir por un periodo de 3 a 6 meses. Puede sancionar esta infracción la policía municipal, la Guardia Civil u otras autoridades de tráfico.
- Penalmente: Siempre que la tasa de alcoholemia supere los 0,60 miligramos por litro de aire expirado o los 1,2 gramos por litro de sangre, el hecho será constitutivo de delito sancionado con pena de prisión de 3 a 6 meses o a la de multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, además, a la de privación del derecho a conducir de 1 hasta 4 años. Todo ello con independencia de que se haya producido o no lesión o peligro para los bienes o las personas.
Tasa de Alcoholemia
Además si como consecuencia de la conducción bajo los efectos del alcohol se produce un accidente ocasionando lesiones, homicidio involuntario u otros hechos, el sujeto deberá hacer frente al concurso de las penas para ello previstas.
Es por esto que en caso de imputación de un delito de alcoholemia resulta de especial importancia y trascendencia acudir siempre a expertos que puedan acometer la defensa de sus intereses en estas situaciones. Ningún proceso penal es intrascendente. Acuda a su Abogado Amigo y asegurese la mejor defensa juridica.
Buenos dias, Tengo una duda tuve un accidente me retiraron el carnet 8 meses etc, ahora bien si el seguro a todo riesgo no cubre la alcoholemia, porque enviaron al perito a tasar el coche(si supuestamente no cubre)? segundo ya me comunicaron que es siniestro total, pero no me han dicho nada sobre la alcoholemia? que pasaria en ese caso el seguro no investigo? Ahora bien si el seguro paga y luego se entera o investiga. Que pasaria porque dado que en el juicio rapido me quitaron la multa economica por el hecho de que llevo años en paro, y no poseo ningun bien embargable.
Cual seria la resolucion final?.
Gracias, de antemano.
Santana,
no, no puede aplazarla ni recurrir puesto que ya tiene sentencia.
muchas gracias sr jesus
es que paso por un mal momento economicamente y no tengo abogado(abogado de oficio)solo por 5 min.mi mujer a punto de dar la luz .necesito el coche y no se si puedo aplazar la retirada de carnet?peudo recurir el jucio rapido que tenia o ya no?
muchisimas gracias sr
saludos
Santana:
¿no es más lógico que pregunte a su abogado que conoce su situación? Tendrá los mismos puntos y lo recogerá en el juzgado que le retiró el carnet
hola
hace 15 dias me han retirado el carnet por 10 meses.y una multa de 6 meses ..euros diarios.
pregunto si con la nueva ley de trafico me quedo con mes puntos de carnet completos o no.y donde puede reclamar mi carnet cuando acabo me condena
saludos y gracias
Hola Jose Carlos.
Si la multa y la condena son por los mismos hechos, sí, podrá reclamarlo si no ha prescrito. El abogado que contrate para presentar el recurso sabrá perfectamente como hacerlo.
Saludos
Hola
Tengo una duda respecto a un caso de alcoholemia .
Di 0.70 me pusieron multa administrativa y penal y pague las 2 por los mismos hechos.
Puedo reclamar la multa administrativa presentando la condena penal?
De ser asi esta la pague al ayuntamiento como debo reclamarla?
Hola Jhon:
Antes de hacer el curso no podrá conducir.
Un saludo
acabo la condena de retirada del carnet durante 10 meses por alcolemia.sigo teniendo 12puntos,pero me piden hacer el curso de sensibilización y reeducación vial.lo cual si no cojo el coche para desplazarme a trabajar,no puedo costearme el curso.como puedo hacer
Hola Pedro.
Le recomiendo dirigirse a su abogado que es el que conoce su caso. No obstante el cumplimiento parcial sólo se concede en alguna ocasión a profesionales del transporte.
Saludos
Hola, me han retiras el carnet por alcoholemia durante 8 meses. Yo trabajo los fines de semana en un restaurante fuera de mi localidad. Quería saber si esa condena, la puedo solicitar para los días entre semana, y como debería hacerlo. Gracias.